CIUDAD DE MÉXICO. – La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo excepcional que permite embargar fondos de las Afores (Administradoras de Fondos para el Retiro) con el fin de cubrir la pensión alimenticia de menores de edad, solo cuando el titular esté desempleado y no cuente con otros recursos disponibles.
La SCJN priorizó el derecho de los menores a recibir alimentos por encima de la protección de los ahorros para el retiro. Aunque no se modificó el artículo 79 de la Ley del SAR, que establece la inembargabilidad, lo interpretó de forma que esta restricción puede ceder en casos excepcionales .
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