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El Supremo británico dictamina que el término ‘mujer’ está determinado por el sexo biológico

 El Tribunal Supremo británico, máxima instancia judicial, dictaminó este miércoles que el término ‘mujer’ a efectos de la Ley de Igualdad está determinado por el sexo biológico lo que pone fin a una larga batalla legal iniciada por una organización defensora de las mujeres que disputaba la definición adoptada por el Gobierno autonómico escocés.

En un dictamen unánime, los magistrados subrayaron que la decisión no debe ser vista como un triunfo para una u otra parte, dado que la Ley de Igualdad del año 2010 otorga también a las personas transgénero protección contra la discriminación.

Polémica por las cuotas en puestos públicos

El fallo, no obstante, es visto como un triunfo legal por la organización de mujeres ‘For Women Scotland’, que se querelló a raíz de la decisión del Ejecutivo escocés de incluir a las mujeres trans en la cuota para igualar los puestos públicos entre mujeres y hombres.

«La decisión unánime de este tribunal es que los términos mujer y sexo en la Ley de Igualdad de 2010 se refieren a una mujer biológica y al sexo biológico», dictaminaron los jueces al término de un complicado argumento sobre la definición de mujer.

Miembros de la organización ‘For Women Scotland» celebraron ante el Supremo, en el barrio londinense de Westminster, el fallo después de una campaña iniciada en el año 2018.

La decisión, de haber sido contraria a la definición biológica de la mujer, podía tener implicaciones sobre los espacios diferenciados por sexo, así como en las demandas de igualdad salarial, la política de maternidad y los eventos deportivos.

La Ley de Igualdad de 2010

El juez Lord Hodge, al leer el dictamen, señaló que «la Ley de Igualdad de 2010 otorga a las personas transgénero protección no solo contra la discriminación a través de la característica protegida de la reasignación de género, sino también contra la discriminación, discriminación indirecta y acoso sustancial en su género adquirido».

El dictamen puntualiza que una persona con el llamado certificado de reasignación de género (CRG, trans) en el género femenino no entra dentro de la definición de ‘mujer’ en virtud de la Ley de Igualdad de 2010, por lo que la posición legal del Gobierno escocés es «incorrecta».

El Gobierno escocés argumentaba que las personas trans con un certificado CRG tenían derecho a las protecciones y facilidades basadas en el sexo, mientras que ‘For Women Scotland’ sostenía que solo debían aplicarse a las personas que nacen mujeres. 

Las reacciones al fallo

El Gobierno británico consideró que el fallo aporta «claridad», por ejemplo de cara a los espacios diferenciados por sexo, como baños y clubes deportivos.

por su parte, el organismo supervisor de la igualdad en el Reino Unido recibió con satisfacción el dictamen.

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